domingo, 18 de agosto de 2013

Abarca a todas las parejas sin límite de edad. Incluye a homosexuales y personas solas.


Los alcances de la ley de fertilización asistida gratuita



Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una de cada diez parejas tienen algún tipo de problema para tener hijos. La Argentina no escapa a esa problemática. Sin embargo, la ley que busca resolver ese trastorno va más allá y contempla el derecho de todos los ciudadanos a procrear, ya sean parejas heterosexuales u homosexuales, o personas solas, tengan o no algún trastorno médico.
La presidenta Cristina Kirchner anunció la reglamentación, a través del decreto 956, de la Ley de Fertilización Asistida, que garantiza el acceso a estos tratamientos de manera gratuita. Cada provincia deberá adherir a la norma para que rija.
Y está previsto que el Ministerio de Salud envíe fondos para la capacitación y puesta en marcha de la ley.
La Presidenta afirmó que la reglamentación “no es sólo para la órbita del Ministerio de Salud, sino también para la Superintendencia de Obras Sociales”, para que tenga alcance a las entidades sindicales, estatales y de medicina prepaga.
La iniciativa había sido aprobada el 6 de junio en el Congreso con el respaldo de la mayoría de las bancadas, en una votación que arrojó 204 votos a favor, uno en contra, y diez abstenciones del PRO.
Ahora, los métodos de fertilización deberán ser incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) para aquellos que lo necesiten, más allá de su estado civil o preferencia sexual. Y además, obliga a hospitales públicos, obras sociales y prepagas a cubrir los costos de los tratamientos.
El decreto de reglamentación sostiene que se deberá garantizar “la cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas de reproducción médicamente asistida”.
Que los tratamientos sean gratuitos implica que cualquier persona que quiera tener un hijo y no pueda hacerlo deberá recibir, no sólo el tratamiento sino el diagnóstico previo. Y como esto va a estar incluido en el Plan Médico Obligatorio, cualquier obra social y cualquier empresa de medicina prepaga tendrá que cubrir este tipo de tratamientos.
¿Cómo será la implementación en cada provincia? Tienen que adherir para que tenga vigencia. Por ejemplo, la provincia de Buenos Aires tiene ya posee una ley de fertilización asistida, pero abarca sólo casos de infertilidad. En ese sentido, ésta es una ley más amplia porque contempla la posibilidad del derecho de tener un hijo o hija. Además, no se fija un límite de edad para acceder a un tratamiento.
El médico establecerá de acuerdo a cada paciente el riesgo o no para hacer la práctica. La novedad fue aplaudida por los integrantes de distintas organizaciones, como “Sumate a Dar Vida”, que consiguió juntar 388.000 firmas para llevar la ley al Congreso de la Nación. Mariana Contreras, presidenta de esa ONG, valoró el hecho de que “la edad ya no será requisito”.

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